Adquisición para discapacitados

15415689 - ¿En qué consiste el beneficio?
Fecha de publicación: 17/04/2012

Las importaciones estarán exentas del pago de derecho de importación, de las tasas de estadística y por servicio portuario y de los impuestos internos y al valor agregado.

  • Fuente: Art. 3 Ley 19279
503778 - ¿Qué condiciones debe cumplir el vehículo?
Fecha de publicación: 17/04/2012

Debe ser un automotor nuevo de origen extranjero modelo standard sin accesorios opcionales, con los mecanismos de adaptación necesarios.

Asimismo la Dirección Nacional de Rehabilitación del Ministerio de Salud Pública y Medio Ambiente podrá autorizar la importación para consumo de los comandos de adaptación necesarios y de una caja de transmisión automática por cada persona con discapacidad con el fin de ser incorporados a un vehículo de fabricación nacional destinado a su uso personal.

  • Fuente: Art. 3 Ley 19279
986378 - ¿Cuáles son los requisitos que debo reunir para acreditar capacidad económica?
Fecha de publicación: 21/11/2005

El peticionante y su núcleo familiar deberán reunir en forma concurrente los requisitos que se indican a continuación a efectos de acreditar capacidad económica mínima para afrontar la erogación que ocasionará la adquisición y mantenimiento del automotor con goce de los beneficios establecidos:


-Tener depositado a la fecha de la solicitud en una o más cuenta/s abierta/s en instituciones del país sujetas al régimen legal de entidades financieras un importe que como mínimo sea equivalente al valor del vehículo que pretende adquirir, el que incluirá todos los gastos que tenga obligación de incurrir previos a su efectiva utilización -excepto los correspondientes a los tributos cuya exención disponen las normas precitadas- o acreditará la tenencia de títulos, acciones o bienes de fácil realización por un monto similar.


-Haber tenido la persona discapacitada o su grupo familiar durante los 12 meses inmediatos anteriores a la fecha de la solicitud ingresos mensuales no inferiores al 5 % del valor del auto que intenta adquirir.

  • Fuente: Art. 7 Decreto 1313/93
987529 - ¿Cómo debo gestionar la "Constancia de Reconocimiento de Capacidad Económica"?
Fecha de publicación: 09/03/2012

Para gestionar la "Constancia de Reconocimiento de Capacidad Económica" debe ingresar con su clave fiscal a través de la página www.afip.gob.ar al servicio "Sistema de Protección Integral de Personas con Discapacidad - Reconocimiento de Capacidad Económica de los Solicitantes del Beneficio".

  • Fuente: Art. 3 RG 3247/11
985228 - ¿Qué documentación debo presentar a la AFIP a los efectos de acreditar capacidad económica?
Fecha de publicación: 07/05/2024

Para acreditar la capacidad económica deberá realizar un presentación digital y cumplir con los requisitos solicitados en el trámite Certificado de Capacidad Económica

 


 

  • Fuente: Arts. 11, 12 y Anexo II RG 3247/11
15272827 - ¿Debo presentar la documentación en una dependencia de AFIP?
Fecha de publicación: 07/05/2024

Para acreditar la capacidad económica deberá realizar un presentación digital y cumplir con los requisitos solicitados en el trámite Certificado de Capacidad Económica

  • Fuente: Art. 22 RG 3247/11